1. BASES

1.1 Nombre
La Asociación llevará el nombre en español: “Asociación Culinaria de México A.C.”

1.2 Oficina Matriz
Irrestricto al cambio del Comité Ejecutivo, la ACMAC tendrá su oficina matriz en Cancún Q. Roo. Los archivos y activos de LA ASOCIACION serán depositados en Cancún bajo la responsabilidad de la ACMAC.

1.3 Idioma Oficial
El idioma oficial de la ACMAC será el español.

2 MEMBRESIA

2.1 Capítulos

Cada estado será representado ante la ACMAC por solo una sola sociedad gastronómica, que sea la más reconocida a nivel local. Si la sociedad como ésta, no existiera, un grupo de gastronómicos que pertenezca a una organización nacional puede convertirse en un miembro de ACMAC.
Todas las sociedades o grupos de gastronómicos miembros de ACMAC, deberán conservar su completa autonomía referente a su situación económica y de su estructura orgánica.

2.2 Admisión

La solicitud de admisión como capítulo de ACMAC será sometida ante la Mesa Directiva. Cuando una organización envía solicitud como capitulo de ACMAC, proveniente de un estado que ya cuenta con representación, la Mesa Directiva tiene el derecho a rechazar dicha solicitud.

2.3 Miembros Asociados

Las solicitudes para membresía de asociado deben someterse al Capítulo. Posterior a la revisión correspondiente y a la proposición hecha por miembros del Capitulo, sociedades, organizaciones o compañías relacionadas con el sector de alimentos podrían volverse Miembros Asociados de ACMAC. Los Miembros Asociados poseen derecho de voto en su Capítulo.

2.4 Cancelación

Un Miembro de la ACMAC puede cancelar su membresía dando seis (6) meses de notificación por escrito al Capítulo.

2.5. Expulsión

Los Capítulos que violen los estatutos y que por su comportamiento pongan en peligro los intereses de ACMAC, o dañen la reputación de la profesión culinaria podrán ser expulsadas de la ACMAC. A estos Capítulos miembro se les dará una advertencia relatando la falta, seis meses, previamente a ser expulsada. Una decisión como esta deberá ser aprobada por dos tercios ( 2/3) de la Mesa Directiva.

3 OBJETIVOS.- Pulse Aquí, para ir a la página de Objetivos y Metas

4 CONFORMACIÓN

4.1 Mesa Directiva y Comité Central

El Comité Central puede ser integrado por la Mesa Directiva, Consejo y la Junta de Directores (Presidentes de Capítulos). El Presidente Nacional presidirá y convocará a una junta cuando 3 miembros lo requieran, y si la situación financiera de ACMAC lo permite. Es común que los miembros del Comité se reúnan cuando menos una vez al año.

4.2 Mesa Directiva

ACMAC será administrada por la Mesa Directiva que se conforma por el Presidente nacional, el Vicepresidente, el Secretario General y el Tesorero. Esta Mesa Directiva deberá de tener sus oficinas administrativas en el estado del que provenga el Presidente electo. El Presidente Nacional nombrará al Vicepresidente, Secretario General y al Tesorero. Como una regla, el periodo de la Mesa Directiva es de cuatro (4) años y podrá ser reelegida. También será renovada en el cargo, sí ningún otro Capítulo miembro, presente su candidatura. En caso de desacuerdo entre capítulos de ACMAC, la Mesa Directiva actuará como mediador. la Mesa Directiva intervendrá bajo su propio juicio cuando los intereses o la unidad de ACMAC se encuentra en peligro. Los Capítulos involucrados proveerán a la Mesa Directiva con la documentación relativa. La decisión final será tomada por la Mesa Directiva después de consultar con la Junta de Directores.

4.3 Presidente y Vicepresidente.

El Presidente Nacional y el Vicepresidente cuidarán de la Administración de ACMAC.

4.4 Secretario General

El Secretario General manejará los asuntos de ACMAC de acuerdo con las instrucciones de la Mesa Directiva; preparará reportes, minutas y la correspondencia de ACMAC.
También compartirá la responsabilidad de la Administración de las cuentas de ACMAC con el Tesorero.

4.5 Tesorero

El Tesorero será responsable por cobrar las cuotas de los miembros de ACMAC; deberá enviar una vez al año un estado de cuenta a todos los miembros de ACMAC; conjuntamente con el Secretario General, cumplirá con las obligaciones financieras de la ACMAC.

4.6 Junta de Directores (Presidentes de Capítulos).

La Junta de Directores (Presidentes de Capítulo) será integrada por los Directores de cada Capitulo representando. Estos individuos serán los Oficiales Administrativos en sus respectivas áreas, representando en todas actividades dentro de sus regiones. La Junta de Directores asesora a la Mesa Directiva sobre asuntos importantes concernientes con ACMAC, en particular con aquellos que sean más relacionados con la profesional y entrenamiento. También deberá preparar por escrito propuestas, sugerencias y otros asuntos que serán presentados ante la Mesa Directiva y el Comité Central.

4.7 Congreso

Como regla general, una Junta de los miembros de ACMAC tomará lugar cada año en el formato de un Congreso presidido por el Presidente nacional. El Congreso deberá anunciarse con doce (12) semanas de anticipación por la Mesa Directiva, quien a su vez enviarán la agenda a los Socios Miembros de ACMAC. Discusiones sobre temas religiosos o políticos serán omitidas. Cada Capítulo tiene solamente un voto. Si el delegado de un Capítulo miembro esta imposibilitado de asistir al Congreso, puede ser representado por algún otro miembro del mismo Capítulo; esto será informado a la Mesa Directiva al menos dos (2) semanas previas al Comité Central. El Comité Central será el arbitro final para aquellos desacuerdos que surgan dentro de los miembros de ACMAC. Todos los miembros de los Capítulos se apegarán a la decisión del Comité Central.
Como la máxima autoridad de ACMAC, el Comité Central tomará decisiones sobre todos los negocios importantes bajo las bases del voto mayoritario. La mayoría del voto se obtendrá por votación secreta. Los artículos de los Estatutos deberán de ser aprobados por dos tercios (2/3) de los delegados del Congreso. El Congreso decidirá, después de una moción hecha para este efecto, el sitio del próximo Congreso. El Presidente Nacional deberá asegurar que existe orden y disciplina. El tiene el poder de solicitar que algún miembro se retire, sino sigue los Estatutos, o no respeta la Asamblea.

5. FINANZAS

5.1 Ingresos

Los ingresos de la ACMAC son de cuotas , intereses sobre capital, donaciones, patrocinios o cuotas de cursos y seminarios.

5.2 Administración de los activos

Los activos de ACMAC serán administrados por el Comisario de ACMAC y supervisados o apoyados por el Tesorero, de acuerdo con las instrucciones establecidas por la Mesa Directiva.

5.3 Obligación Fiscal

Fiscalmente, el capítulo será entendido como sucursal de la matriz la cual es:

ASOCIACION CULINARIA DE MEXICO A.C.
Calle Antílope No. 18 Mza 14 Lote 19 Depto " A"
Cancun, Q. Roo C.P. 77500
RFC: ACM-000306KRO

La matriz mandará al nuevo capítulo las formas oficiales de hacienda debidamente llenada para que ésta vaya a la oficina de hacienda de su ciudad hacer su alta.

La razón social del capítulo se llamará: ASOCIACION CULINARIA DE MEXICO A.C. CAPITULO (estado del país).

El capítulo deberá entonces mandar a la matriz sus datos oficiales como dirección, teléfono(s), mesa directiva con cargos y obligaciones de cada uno de sus miembros.

El capítulo abrirá en su ciudad una cuenta de cheque en una sucursal del banco Santander Mexicano de la localidad y mandará a la oficina matriz copia del contrato de apertura.

El régimen para realizar disposiciones de esta cuenta debe ser : mancomunada con dos titulares por lo menos. Con esta cuenta el capítulo podrá así manejar sus recursos propios como: patrocinios, cuotas, recuperación de los cursos, entre otros.

La oficina matriz mandará a imprimir las facturas de la sucursal. Cada capítulo tendrá un número especifico de serie.

El capítulo tendrá que cumplir con sus obligaciones fiscales, tales como: el pago del 2% sobre nomina, IMSS, SAR, INFONAVIT en su localidad, pero tendrá que mandar a la Matriz el dinero necesario para cubrir impuestos federales y su IVA excedente.

El capítulo se quedará con el 25% de las cuotas de inscripción de cada miembro.

5.5 Gastos

Los gastos de ACMAC serán de la siguiente manera:

a) Gastos generales de administración de ACMAC
b) Gastos administrativos por la organización de sesiones de Congreso.
c) Gastos generados por miembros de la Mesa Directiva por juntas oficiales.
d) Gastos de representación del Presidente o su representante.

6. DISTINCIONES HONORARIAS

6.1 Presidente Honorario

Como una distinción especial, la Mesa Directiva puede conferir el titulo de Presidente Honorario Vitalicio de ACMAC únicamente a una sola persona.

6.2 Miembros Honorarios

Dada una propuesta de los Miembros de la Asociacion y/o del Comité Central, la ACMAC podrá otorgar el título de Miembro Honorario de ACMAC a aquellas personas que hayan realizado valiosos servicios extraordinarios a ACMAC, ó hayan honrado el arte culinario o a el Comité Central, quien lo presentará ante el Comité Central para su aprobación. El número de Miembros Honorarios no deberá ser mayor que el número de Miembros de la ACMAC. Después de su nominación, estos miembros recibirán una medalla y un diploma de ACMAC.

6.3 Miembros de la WACS

Automáticamente todos los miembros de la ACMAC pasan a ser miembros de la WACS (World Association of Chefs Societies), y estos están obligados a respetar y seguir los estatutos de ésta organización.

7. DISOLUCION

Si se encuentra en la agenda, la ACMAC puede disolverse por decisión del Comité Central y por dos tercios (2/3) de los votos validos.

La ACMAC podrá disolverse automáticamente si el número de los miembros de la Asociación baja a dos (2)

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